Precedidos
por la publicación en 1608 de la Orthotypographia
del
alemán Hyeronimus Hornschuch,
desde el siglo XVIII proliferaron en
Francia
diversos manuales de tipografía de la mano de impresores y
tipógrafos que publicaron sus tratados con la intención de difundir
y fijar el arte de la imprenta y de mejorar la calidad textual y
gráfica de los impresos. Pero no sería hasta la primera mitad del
siglo XX cuando, en la misma Francia, se publicó una obra destinada
a uniformar diversos aspectos de la escritura en francés con tipos
de imprenta, que devendría de referencia común: el Code
typographique – Choix de règles à l’usage des auteurs et des
professionnels du livre, Fédération nationale du personnel
d’encadrement des industries polygraphiques et de la communication
(1.ª ed, 1926-17.a
ed., 1993), considerado durante largo tiempo a en el país vecino
como la biblia de los tipógrafos, y también de los correctores y de
los escritores en lo relativo a grafía tipográfica. Su
modernización en la obra de nueva planta Nouveau
code typographique (1997)
no consiguió mantener su crédito, sino todo lo contrario: permitió
que obras superiores acabaran supliendo el papel referencial del
viejo Code.
Este
fue el caso del Lexique
des règles typographiques en usage à l’Imprimerie nationale
(1971, 1.ª ed.), del tratado publicado en la suiza francófona Guide
du typographe – Règles et grammaires typographiques à l’usage
des auteurs, éditeurs, compositeurs et correcteurs de la langue
française
(1948, 1.ª ed.), y del quebequés Le
Ramat de la typographie (2002),
de Aurel Ramat, cuyas discrepancias manifiestan el actual
distanciamiento en los criterios tipográficos seguidos en el mundo
francófono.
Pese
a que la imprenta
española bebe
de la tradición tipográfica francesa,
las normas de composición tipográfica y de ortotipografía han
estado dispersas durante siglos en infinidad
de fuentes. Aunque en la actualidad algunas de estas convenciones
están recogidas por organismos normalizadores nacionales (como las
normas UNE de la Asociación Española de Normalización, AENOR), que
a su vez son reflejo de normas internacionales (las normas ISO), la
mayoría siguen teniendo registro particular y muestran una
preocupante tendencia a la innovación errática.
Hasta
ahora, lo más parecido a un código tipográfico de uso general que
existe en el ámbito hispanohablante es el Diccionario de
ortografía técnica, de José Martínez de Sousa (Madrid,
Fundación Germán Sánchez Ruipérez, 1987, reimpr. 1999), refundido
en su Ortografía y ortotipografía del español actual (2.ª
ed., Gijón, Trea, 2008; en revisión), parte de la cual se refleja
también en su Manual de estilo de la lengua española (5.ª
ed., Gijón, Trea, 2015).
Para
el catalán
son
referencias generales el Manuald’estil:
la redacció i edició de textos, de
Josep M. Mestres, Joan Costa, Mireia Oliva y Ricard Fité (1-4.ª
eds. en Eumo Editorial; desde la
5.ª
ed., 2019, disponible en línea) y la Ortotipografia:
manual de l’autor, l’autoeditor i el dissenyador gràfic,
de Solà y Pujol (Barcelona, Columna, 1995).
En
México, Roberto
Zavala Ruiz y Jorge de Buen
muestran en sus obras la línea continuista de la tradición
tipográfica hispánica, si bien es sabido que, particularmente, el
mundo editorial de la América latina del norte y del centro del
continente manifiestan una fuerte influencia de los usos
ortotipográficos recogidos en los manuales de estilo anglosajones.
Con
escasísimo acierto y poca concreción, la Real Academia Española ha
querido también explorar en su últimas obras este campo de la
escritura, que nunca le ha sido propio y para ahondar en el cual no
reúne personal interno ni asesoría debidamente cualificados, como
José Martínez de Sousa ha puesto reiteradamente en evidencia (cf. 1
y 2).
1.2.
Los libros de estilo
Aunque
en algunos casos se comercialicen, los
libros
de estilo son
prontuarios (obras de tipo normativo) para uso interno de una
editorial,
destinados
al personal del medio. No suelen hacer explícito el nombre de sus
autores (personal, por lo general, del propio medio editorial),
puesto que reflejan de hecho el punto de vista de la empresa editora,
no el de uno de sus miembros. Tienen un cariz normativo y un estilo
expositivo y directivo, puesto que pretenden dar pautas claras y
directas, y soluciones de urgencia al redactor periodístico.
Aunque
también existen libros de estilo institucionales, en el medio
editorial los hay de dos tipos:
1.2.1.
Libros
de estilo de publicaciones periódicas
Los
libros de estilo
de prensa y revistas
son prontuarios (obras de tipo normativo) de estilo periodístico
para uso interno de una publicación periódica,
nacidos en la prensa estadounidense en la primera mitad del siglo XX
(1931, primera edición del libro de estilo del Daily
News)
con el fin de establecer cánones deontológicos y retóricos
específicamente periodísticos, y soluciones unificadas a problemas
de grafía.
Aunque
nacieron en los Estados Unidos, hoy se hallan extendidos por todo el
mundo. Todo periódico que se precie tiene el suyo (o sigue, en
líneas generales, uno establecido por otro periódico). En España,
entre
los libros de estilo periodísticos en castellano sobresalen el del
grupo Vocento, el de La
Voz de Galicia,
el de
El
País,
el de El
Periódico, el
de La
Vanguardia y
el de ABC.
Lo tienen, asimismo, ciertas emisoras de radio y televisiones. La
radio cuenta con el Manual
de estilo de RNE;
las agencias de prensa, con el excelente Manual
de español urgente,
y la televisión, con el Manual
de estilo de TVE, entre
otros.
A
pesar de que, por el hecho de responder a necesidades
y criterios privativos, los libros de estilo no presentan
—justificadamente— unidad de criterio lingüístico, la
regulación de la lengua española está presidida por una ideología
homogeneizadora y autoritaria, que entiende esta divergencia como
un comportamiento díscolo y «peligroso» para la unidad
idiomático-espiritual de todos los países donde el castellano
es
lengua hegemónica. Por ello, como parte de una política
de Estado en torno al castellano cuyo objeto fundamental es fijar
una forma común del idioma y un
imaginario igualmente común en torno a ella, desde España se
impulsaron diversas iniciativas para uniformar los usos en los medios
de comunicación a ambos lados del Atlántico: la creación de la
Fundéu-BBVA (hoy,
Fundéu-RAE), que opera también en algunos países latinoamericanos,
y la firma de un convenio
entre la RAE, la Fundéu-BBVA y muy diversas cabeceras de prensa y
grupos de comunicación de España y América, por el cual las
empresas mediáticas suscriptoras se comprometían a adoptar en sus
respectivos libros de estilo las pautas establecidas en el
Diccionario
panhispánico de dudas (DPD2005),
aun cuando no fueran adecuadas ni suficientes para atender a las
necesidades de un medio masivo (v. tb. Silvia Senz, Jordi Minguell y
Montserrat Alberte: «Las
academias de la lengua española, organismos de planificación
lingüística», en: Senz, Silvia/Alberte, Montserrat: El
dardo en la Academia. Barcelona:
Melusina, 2011, vol. 1, 371-550; esp. pp. 518-524).
Habiendo
quedado obsoleto el DPD2005, este acuerdo se limita hoy al
seguimiento de las recomendaciones de la Fundéu, que más de una vez
entra en conflicto con el uso lingüístico en cada país y con las
necesidades específicas de cada medio, como ya vimos en esta
entrada.
Ahondando
en este objetivo de ejercer control sobre la práctica escrita y
homogeneizarla, la RAE publicó en el 2020 un Libro
de estilo de la lengua española (según la norma panhispánica,
cuya pretensión ya no es solo unificar los libros de estilo de los
medios escritos existentes, sino también los audiovisuales y la
escritura de los usuarios en los medios digitales y la pronunciación.
Todos estos fines son evidentemente absurdos, porque, como hemos
dicho:
-
van
en contra los principios que
guían los libros de estilo;
-
teóricamente
al menos, la RAE renunció hace años a dar norma ortológica
(correcta pronunciación) dada la diversidad de hablas utilizadas en
los medios e industria audiovisual), y además
-
los
usos escritos en mensajes de textos, whatsapps (wasaps
para
la RAE), tuits, etc., son formas particulares, libres, espontáneas
y muy contextuales y cambiantes de expresión verbal y gráfica, que
no son fijables, homogeneizables, simplificables, ni regulables.
En
el ámbito anglosajón, un entorno presidido por el
liberalismo normativo, donde los modelos de referencia llegan a serlo
en función de su excelencia y utilidad, existe una obra de consulta
común de los medios por mérito propio —y no como resultado de una
política lingüística de Estado con alcances económicos y
geoestratégicos—, que sirve de modelo para la redacción de los
libros de estilo particulares; se
trata del The
Oxford Dictionary for Writers and Editors
(2.ª
ed., Oxford, Oxford University Press, 2000), que cuenta con una nueva
edición: New
Oxford Dictionary for Writers and Editors: The Essential A-Z Guide to
the Written Word (2005).
1.2.2.
Los libros de estilo bibliológicos
Los
libros de estilo bibliológicos son textos normativos,
editados por y para las editoriales de libros, que tienen su
precedente histórico en los códigos tipográficos y las normas
ortotipográficas recogidas en los libros sobre técnica tipográfica.
Son por lo general obras breves, que atienden especialmente los
problemas y dudas que se plantean en determinadas líneas
editoriales, por sus características temáticas y procedimentales, y
por el perfil del lector al que van destinadas.
Hay
casi tantos libros de estilo editoriales como empresas editoriales,
en no pocas ocasiones con discrepancias poco justificadas entre unos
y otros, que responden más al capricho de sus redactores o del
editor que a un criterio sólido, y que suponen un quebradero de
cabeza al traductor (y el corrector) que trabaja para más de una
editorial, por tener que memorizar cada una de esas divergencias
gratuitas.
1.3.
Los manuales de estilo
generales
y especializados
Los manuales de estilo son obras de
carácter descriptivo y explicativo, además de normativo, editadas
para un público amplio, que recogen tanto el contenido de los
códigos tipográficos como las normas para la redacción y edición
de obras académicas o científicas.
En
el mundo
anglosajón
son
obras de común referencia en el ámbito de las humanidades el
Copy-Editing:
The Cambridge Handbook for Editors, Authors and Publishers
(de
Judith Butcher; 2006, 4.ª ed.), el The
Oxford Guide to Style
(de
Horace Hart; 2002), el MLA
Handbook for Writers of Research Papers
(de
Joseph Gibaldi y Phyllis Franklin; 2003, 6.ª ed.) y el The
Chicago Manual of Style
(2010,
16.ª ed.). En el ámbito de las ciencias sociales, el Publication
Manual of the American Psychological Association (2020,
7.ª ed.); en el de las ciencias biomédicas, el Scientific
Style and Format: The CBE Manual for Authors, Editors, and Publishers
(2006,
7.ª ed.).
Para
una visión exhaustiva de las entidades,
colectivos de especialistas, autores y editores que elaboran los
principales manuales de estilo anglosajones del campo de las
ciencias, puede
consultarse: Emilio Delgado-López-Cozar: «Normalizacióneditorial
de las publicaciones científicas en soporte digital»,
en
VV. AA.: Análisis
de la difusión digital de los contenidos científicos en las
Universidades Españolas con una propuesta de manual de buenas
prácticas, Madrid,
Fundación
Residencia de Estudiantes, 2004, cap. 5, pp. 231-282, esp. 241-252.
De
este tipo de obras, en España sólo disponemos, en el campo
de la medicina, del Manual para la redacción, traducción y
publicación de textos médicos, de José Luis Puerta López-Cózar
y Assumpta Mauri Mas (Barcelona: Masson, 1994) y del Manual de
estilo de publicaciones biomédicas, de la revista Medicina
Clínica (Madrid, Mosby/Doyma Libros, 1993), que ofrece, este
último, de forma rigurosa y coherente, amplios criterios sobre el
proceso de elaboración y publicación de artículos científicos,
sobre aspectos lingüísticos relacionados con la expresión técnica
y sobre convenciones tipográficas del texto científico-médico.
El
único manual de estilo de tipo general, especialmente aplicable para
las humanidades, que existe en España es el Manual
de estilo de la lengua española
(5.ª
ed., Gijón, Trea, 2015), de José
Martínez de Sousa, que es asimismo especialmente útil para el
traductor, puesto que casi cada entrada de la parte enciclopédica
incluye criterios de traducción, adaptación o transliteración.
Para el catalán cumple esta misma función el ya citado Manual
d'estil: la redacció i l'edició de textos,
de Josep M. Mestres, Joan Costa, Mireia Oliva y Ricard Fité, que
sirve además de referencia general para cualquier lengua por la
vastedad y rigor con que recoge usos y normas de grafía científica
y documental.
En
el campo del lenguaje
no discriminatorio y de las publicaciones inclusivas,
existen dos excelentes manuales:
- El
Manual de
lenguaje administrativo no sexista, coordinado
por Antonia M. Medina Guerra (Málaga, Asociación
de Estudios Históricos Sobre la Mujer, Universidad de Málaga,
2002.
- El
manual de Lectura fácil:
métodos de redacción y evaluación, de
Óscar García Muñoz (Madrid, Real
Patronato sobre Discapacidad, 2012.
2.
Contenidos habituales de las guías de estilo
En
cuanto a su contenido,
en términos generales
estas
guías suelen:
- compilar
los aspectos del discurso que ocasionan mayor titubeo y más errores
al autor, el traductor y a todos los eslabones de la cadena de
edición,
- y
ofrecer a todos ellos pautas redaccionales, tipográficas y
metodológicas específicas.
Las
guías de estilo van dirigidas a todos los integrantes de la cadena
de edición. Este es su contenido
exhaustivo relativo al texto, según el destinatario:
2.1.
Normas que afectan especialmente a los redactores y autores
→
En medios
de comunicación: fundamentos y objetivos de la labor periodística.
→
Criterios
de deontología (conducta ética y socialmente responsable):
→
Estándares
propios de las disciplinas de que traten las obras que habitualmente
publica una editorial.
→
Aspectos
controvertidos de la disciplina sobre la que tratan las obras que
habitualmente publica una editorial.
→
Instrucciones
para la correcta presentación de los originales:
-
uso
del programa de procesamiento de textos;
-
formateo
de la página (tipo y cuerpo de letra, interlineado, medidas,
márgenes y numeración);
-
identificación
y presentación de las partes de la obra;
-
formato
de presentación de los documentos;
-
organización
del texto en partes;
-
tratamiento
y disposición de los diversos tipos de texto (texto general, notas,
pies de figuras, rotulados de figuras, recuadros de texto, citas
intercaladas, remisiones internas, índices y cuadros);
-
sistema
y grafía que debe utilizar para las citas textuales, para la
manipulación de las citas, para la elaboración de la referencia
bibliográfica y para la confección de bibliografías;
-
tratamiento
y presentación de las imágenes;
-
grafía
de signos y símbolos.
→
Estilo,
tono y estructura de textos específicos:
-
destinados
a una sección (si se trata de publicaciones periódicas),
-
destinados
a una obra o colección determinadas (si se trata de publicaciones
bibliológicas).
→
Normas de
transcripción a la lengua de la publicación de diacríticos y
signos especiales de otras lenguas con alfabeto latino (alemán,
checo, danés, finlandés, húngaro, polaco, rumano, etc.).
→
Normas de
transcripción a la lengua de la publicación de idiomas con
alfabetos no latinos (árabe, búlgaro, griego, hebreo, serbio, ruso,
etc.).
→
Normas de
transcripción a la lengua de la publicación de idiomas con
escrituras logográficas (chino y japonés principalmente).
→
Normas de
adaptación a la lengua de la publicación de transcripciones (de
lenguas en alfabeto no latino o con escritura logográfica) hechas
para el inglés o el francés.
→
Normas
de lenguaje no sexista.
2.2.
Normas que afectan especialmente al editor de textos y a los
correctores (de originales, o de estilo, y de pruebas, o
tipográficos)
→
Repertorio
de obras y normas de referencia en la editorial.
→
Aspectos
de la ley de Propiedad Intelectual relativos al derecho del autor a
la integridad de su obra y al derecho a corregir pruebas.
→
Pautas
generales para unificar criterios.
→
Normas de
alfabetización.
→
Formación
y grafía de abreviaciones (abreviaturas, siglas y acrónimos).
→
Empleo de
mayúsculas y minúsculas.
→
Grafía de
las citas textuales.
→
Sistema de
cita bibliográfica.
→
Grafía de
los lemas.
→
Grafía de
los poemas.
→
Grafía de
los diversos tipos de notas.
→
Grafía de
los diversos tipos de índices.
→
Grafía de
las bibliografías.
→
Grafía de
las cronologías.
→
Mecanismos
de las remisiones.
→
Grafía de
las firmas.
→
Grafía de
los folios explicativos.
→
Grafía de
párrafos, apartados y subapartados.
→
Grafía y
empleo de los símbolos.
→
Grafía y
empleo de signos.
→
Empleo de
los signos de puntuación en tipografía.
→
Grafía de
las cifras y cantidades.
→
Normas de
división y separación de palabras a final de línea en las pruebas
tipográficas.
→
Normas de
partición de títulos en las pruebas tipográficas.
→
Aplicación
de las variantes de letra con valor diacrítico: cursiva, negrita,
versalita, redonda y redonda entrecomillada.
→
Lista de
errores morfosintácticos habituales (género, número, concordancia,
valores verbales, uso de determinantes, uso de preposiciones, uso de
formas verbales...).
→
Criterios
unificados en cuestiones que pueden grafiarse y disponerse de más de
una manera (con o sin acento; junto y separado; con dos grafías
posibles [yerba/hierba]; con o sin inicial mayúscula, con cifra o
con letra...).
→
Lista de
palabras habitualmente mal empleadas (impropiedades, anglicismos,
barbarismos, galicismos, etc.).
→
Lista de
homófonos y parónimos.
→
Lista de
siglas, acrónimos, abreviaturas y símbolos habituales.
→
Listas de
antropónimos y topónimos dudosos o habituales.
→
Lista de
gentilicios dudosos o poco habituales.
→
Signos de
corrección de estilo y de corrección tipográfica.
→
Método de
la corrección de estilo y de la corrección tipográfica.
→
Recursos
en la red para el trabajo del editor de textos y del corrector.
2.3.
Normas que afectan especialmente a los traductores
→
Criterios
generales para resolver problemas de transferencia cultural de
difícil solución o para los que existen diversas opciones sobre las
que el traductor no acaba de decidirse (p. ej., supresión de la
referencia cultural, aclaración por medio de nota a pie del
traductor o adaptación mediante equivalencia en la cultura de la
lengua destino).
→
Criterios
de traducción/transcripción/adaptación:
-
de
abreviaturas;
-
de
citas e inscripciones;
-
de
siglas;
-
de
locuciones latinas;
-
de
nombres de acontecimientos históricos, guerras y batallas;
-
de
antenombres y títulos de dignidad;
-
de
títulos y grados académicos;
-
de
rangos militares;
-
de
antropónimos y de sobrenombres;
-
de
nombres propios de religiosos (frailes y monjas), reyes,
emperadores, príncipes, cardenales y papas;
-
de
nombres de personajes de ficción;
-
de
nombres de asambleas políticas;
-
de
nombres de partidos políticos;
-
de
nombres de asociaciones, entidades, establecimientos comerciales,
instituciones, organismos, organizaciones y sociedades;
-
de
nombres de modelos y marcas registrados;
-
de
nombres de eventos: campeonatos, competiciones, ferias,
exposiciones, salones, congresos, jornadas...;
-
de
nombres de equipos deportivos;
-
de
nombres de deportes y juegos;
-
de
nombres de estilos y movimientos artísticos, políticos y
culturales;
-
de
nombres científicos de animales o plantas;
-
de
nombres propios de animales;
-
de
nombres propios de aviones, embarcaciones, satélites artificiales,
trenes y zepelines;
-
de
nombres propios de fenómenos naturales;
-
de
nombres de fiestas, conmemoraciones y celebraciones;
-
de
nombres de grupos musicales o teatrales;
-
de
sistemas de notación musicales;
-
de
nombres de premios o condecoraciones;
-
de
nombres de órdenes y congregaciones religiosas y de sectas;
-
de
topónimos geográficos (físicos y políticos) y de topónimos
urbanos;
-
de
títulos de conferencias, cursos, tratados y encíclicas;
-
de
títulos de obras creadas, publicadas o no (artículos, danzas y
ballets, diarios, discos, documentos en línea, esculturas,
folletos, canciones, libros, obras teatrales, óperas, películas,
pinturas, poesías, programas y series de televisión o radio,
revistas, sinfonías y otras composiciones musicales clásicas,
tebeos, vídeos, etc.);
-
de
títulos de páginas electrónicas y sus partes;
-
de
títulos de programas de investigación.
→
Normas
de transcripción de nombres propios y topónimos de lenguas con
alfabeto no latino.
→
Normas
de transcripción de nombres propios y topónimos de lenguas con
alfabeto latino.
→
Normas
de transcripción a la lengua de la publicación de diacríticos y
signos especiales de otras lenguas con alfabeto latino (alemán,
checo, danés, finlandés, húngaro, polaco, rumano, etc.)
→
Normas
de adaptación a la lengua de la publicación de transcripciones (de
lenguas en alfabeto no latino o con escritura logográfica) hechas
para el inglés o el francés.
→
Lista
de extranjerismos ortográficos y ortotipográficos.
→
Lista
de extranjerismos léxicos.
→
Lista
de falsos amigos.
→
Sistemas
de medidas no normalizados y equivalencias en el Sistema
Internacional.
→
Instrucciones
para la correcta presentación de los originales:
-
uso
del programa de procesamiento de textos;
-
formateo
de la página (tipo y cuerpo de letra, interlineado, medidas,
márgenes y numeración);
-
identificación
y presentación de las partes de la obra;
-
formato
de presentación de los documentos;
-
transcripción
y tratamiento en la traducción de los blancos del diseño de la
obra original;
-
tratamiento
y disposición en la traducción de los diversos tipos y estilos de
texto (texto general, notas, pies de figuras, rotulados de figuras,
recuadros de texto, citas intercaladas, remisiones internas, índices
y cuadros).
→
Recursos
en la red para el trabajo del traductor.
Silvia
Senz